Este Tribunal declara: PRIMERO: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y DE LA ACCION, presentado por la representación judicial de la parte demandante, abogado EDUVIN GONZALEZ PARES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 79.668, solo en lo que respecta al co-demandado FERNANDO DE FREITAS CORREIA, titular de la cédula de identidad Nº V-12.639.556, y acuerda tenerlo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo previsto en los artículos 263, 265 y 266 del Código de Procedimiento Civil. Así se establece.
SEGUNDO: Se ordena la continuación del procedimiento contra los ciudadanos PATRICIA JULIA DE FREITAS OLIVEIRA, NANCY DE FREITAS CORREIA, PATRICIA BETTY DE FREITAS OLIVEIRA y PALMIRA LEÓN DE VERA, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.642.409, V-14.312.129, V-11.642.410 y E-768.966 respectivamente. Así se establece.