Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano JHONNY JANDY MARTINEZ ORTIZ, arriba identificado, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO Y PORTE ILICTO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 460 y 278 ambos del Código penal vigente para la fecha de los hechos, de conformidad con lo previsto en los artículos 318, numeral 3º, 322 y 48, ordinal 1°, todos del Código Orgánico Procesal Penal, al haberse producido la extinción de la acción penal por muerte del mismo.