Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA a favor de la ciudadana , por el delito de OBTENCIÓN FRAUDULENTA DE DIVISAS, previsto y sancionado en el artículo 10 de la Ley de Ilícitos Cambiarios. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 300.2, 301, 303 y 313.3 del Código Orgánico Procesal Penal, al considerar que el hecho imputado no es típico.