Con base en los fundamentos antes expuestos, esta CORTE DE APELACIONES EN PENAL ORDINARIO, RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LA GUAIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 442 en relación con el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho ABG. ANTONI ENRIQUE BALDA BECERRA, en su condición de Defensor Privado de la ciudadana DALILA LISLIBETH PETIT VILLEGAS, titular de la cedula de identidad N° V-12.801.084, en contra del pronunciamiento emitido al finalizar la audiencia de verificación de condiciones, celebrada por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 13 de abril de 2023, en el cual CONDENO a la acusada de marras, a cumplir .....