En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE CALIFICACIÓN DE FLAGRANCIA, realizada por la Fiscalía Decimonovena del Ministerio Público, por el hecho ocurrido el día 07-06-2.005, en las circunstancias de tiempo, lugar y modo, que ya han sido mencionadas en la presente acta y en la que figura como imputados los adolescentes (Identidad omitida Artículo 545 de la Lopna), y (Identidad omitida Artículo 545 de la Lopna); investigados por la presunta comisión del delito de ROBO IMPROPIO, previsto en el encabezamiento del artículo 456 del Código Penal, en perjuicio de la adolescente (Identidad omitida Artículo 545 de la Lopna); por encontrarse llenos los extremos .....