PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda por Reconocimiento de Documento Privado interpuesta por el ciudadano FELIX MANUEL PEREZ REY, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 2.807.166, domiciliado en la ciudad de Caracas Distrito Capital, contra el ciudadano JOSÉ LUIS PEÑALOZA RANGEL venezolano, mayor de edad, soltero, con cédula de identidad Nº. V.- 2.814.666 de este domicilio y hábil. SEGUNDO: Se declara RECONOCIDO EL DOCUMENTO PRIVADO inserto al folio (05 y 06), celebrado en fecha 28 de octubre de 2021, de la Compra-Venta, todos los Derechos y Acciones correspondiente.TERCERO: Una vez firme la presente decisión, se ordena devolver al demandante el original del .....