En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCION DE LA PENA DE CINCO (05) AÑOS, UN (01) MES Y DIEZ (10) DIASS DE PRISION, por la comisión de los delitos de ASALTO A TRANSPORTE PUBLICO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 3576 en tercer aparte en concordancia con el artículo 80 ambos del Código Penal y USO DE FASCIMIL DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 114 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, impuesta mediante sentencia firme al ciudadano penado JULIO YOVANY MONTOYA PEREZ, quien dijo ser de nacionalidad venezolano, natural de la Guaira, Estado Vargas, donde nació en fecha 23-07-1983 y titular de la cédula de identidad Nro. V-20.781.710, de estado civil soltero, conforme a lo previsto en los artí.....