Por lo antes expuesto, este Juzgado Cuarto de Municipio de la circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por DESALOJO, interpuso el ciudadano JOSE RAMON DOMINGUE TORREALBA, contra el ciudadano JONATHAN GRAVIEL HERNANDEZ GARRIDO, ambos plenamente identificados en autos. En consecuencia, se ordena al demandado entregar a la parte actora, libre de bienes y personas, el inmueble objeto de la presente demanda, constituido por la planta baja de una casa para vivienda familiar (tipo estudio) distinguido como JTPB, ubicado en el Sector Quebrada de Germán, al Sur del Barrio El Cardonal, Parroquia La Guaira del Estado Vargas.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demanda por haber quedado totalmente vencida, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 274 del Código de Procedimiento Civil