Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos ARIANNA DEL VALLE BRAVO NIETO y TEODORO IGNACIO MARTINEZ GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros. V-27.184.945 y V-20.559.722 respectivamente, contraído en fecha 20 de enero de 2017, contrajeron matrimonio civil por ante la Primera Autoridad de la Parroquia Soublette del Municipio Vargas, Estado Vargas. Así se decide.-