Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara bastantes y suficientes las anteriores diligencias, para asegurarle a los ciudadanos: LUZ MARINA CONTRERAS PITA, FELIX LEÓN MORA Y CARMEN ELENA BORRERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-16.958.157, V-5.738.111 y V-9.222.121, domiciliados en el Municipio Independencia del Estado Táchira y hábiles, EL CARÁCTER DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del decujus, JESUS ARTURO MORA BORRERO, quien fuera cónyuge e hijo de los antes nombrados, se deja a salvo todo derecho de terceros.