este Tribunal, Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado de admitir nuevamente la demanda a través del juicio ordinario.
SEGUNDO: Deja sin efecto alguno las actuaciones realizadas desde el día 18 de mayo de 2022, inclusive, fecha de la admisión de la demanda, hasta la presente fecha y como consecuencia de ello, nulas las actuaciones subsiguientes al acto írrito.
TERCERO: Una vez firme la presente decisión, procédase a admitir la demanda en los términos expuestos.