PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión del imputado GUATA MARTÍNEZ JORGE ELEAZAR en la comisión del delito de EXTORSIÓN, previsto y sancionado en el artículo 459 del Código Penal; por encontrarse llenos los extremos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se Ordena la prosecución del proceso por los trámites del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, ordenándose la remisión a la Fiscalía Décimo Sexta del Ministerio Público.
TERCERO: SE DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al imputado PEREZ MONCADA VICTOR MANUEL, Venezolano, natural de Sardinata Norte Santander, Colombia, titular de la cédula de identidad N° V-9.207.565, nacido el día 14-12-1940, de 64 años, de estado civil divorciado, de oficio Vigilante, hijo de Ercilia Moncada (f) y Sail Pérez (f), residenciado en la calle 7, N° 4-44, La Concordia, Municipio san Cristóbal estado Táchira, a qui.....