PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano ORLANDO MONTAÑO antes identificado, en contra de la entidad de trabajo BOLIVARIANA DE PUERTOS, S.A. por cobro de diferencia de prestaciones sociales y otros beneficios.
SEGUNDO: Se condena a la empresa BOLIVARIANA DE PUERTOS, S.A., a pagar al ciudadano ORLANDO MONTAÑO, por concepto de diferencia de prestaciones sociales por la cantidad de SETENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS VEINTIUN BOLIVARES CON TREINTA Y NUEVE CÈNTIMOS (Bs. 72.421,39)
TERCERO: Se ordena a pagar los intereses sobre las prestaciones sociales e intereses de mora de acuerdo a los parámetros establecidos en la motiva del fallo, mediante experticia complementaria, todo ello conforme a lo dispuesto en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
CUARTO: No se condena en costas a la empresa demandada dada la naturaleza del fallo.
QUINTO: Se ordena notificar de la presente decisión a la Procuraduría General de la República mediante ofic.....