Por lo anteriormente expuesto, es por lo que esta JUEZA TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR EL DIVORCIO POR RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMÚN de los cónyuges FRANCO CARMINE ANGELO DI GUGLIELMO SANDOVAL Y MARIELA ALEXANDRA RAMIREZ OSTOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedulas de Identidad N° V.-E-18.566.256y V.-17.471.911, respectivamente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial contraído el Juez Tercero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 12 de Marzo del año 2010, según Acta de Matrimonio N° 05;