Por las razones antes expuestas este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre un inmueble constituido por una casa, situada en la Avenida de La Plaza, actualmente Boulevard macuto, en Jurisdicción de la Parroquia Macuto del Municipio Vargas del Estado Vargas con código catastral N° 24-01-07-U01-02-04-02, denominada: "Villa Isabel" con una superficie aproximada de: Diecisiete Metros Ochenta Centímetros (17, 80 mts) de frente por Veinticinco Metros Ochenta Centímetros (25,80 mts) de Fondo y Cuyos linderos son: NORTE: La Avenida de La Plaza; SUR: Una casa de la Sucesión del Sr. Juan Lorenzo Mendoza; ESTE: Casa que es o fue de los herederos de Simón Lorenzo Mendoza y OESTE. Con casa que es o fue del Sr. Antonio Viloria, propi.....