Se ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada FRANZULY MARÍN, en su carácter de Defensora Pública Segunda Penal Ordinario del estado Vargas del ciudadano ERICK ENRIQUE ALBARRÁN GUILLEN, identificado con la cédula Nro. V-29.521.928, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 11/08/2016, mediante la cual decretó la MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del precitado ciudadano, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, AGAVILLAMIENTO, Y USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, previstos y sancionados en los artículos 458 y 286, ambos del Código Penal y 264 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, respectivamente.