DECLARA SIN LUGAR las solicitudes interpuestas por el Dr. Antonio Mastropietro Massari, en su condición de Fiscal Décimo Cuarto del Ministerio Público con competencia Nacional en Régimen Penitenciario y Ejecución de Sentencias, interpuesta el 12/08/04 y por la Abg. Gladis Valera, en su condición de Fiscal Auxiliar de la Fiscalía Décima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, con competencia en protección de derechos fundamentales y en ejecución de sentencias, interpuesta el 30/08/04, mediante las que requieren la revocatoria de del Libertad Condicional por Medida Humanitaria acordada por éste Juzgado al penado Fausto Reboldi el 19/05/04, toda vez que, se verificó que el penado ha cumplido con las condiciones impuestas en la citada decisión.