Este Tribunal declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos NELLY MIREYA JIMENEZ, CARELIS ANGELI SALAZAR JIMENEZ y CARLOS MANUEL SALAZAR JIMENEZ, quienes venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.952.895, V-19.289.888 y V-21.963.603, respectivamente, con respecto del de cujus: CARLOS ALBERTO SALAZAR MEDINA, quien falleció en fecha 17/10/2015 y quien en vida fuese titular de la cédula de identidad Nro. V-3.063.670, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.