En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE LA ACCIÓN DE AMPARO interpuesta por el ciudadano Ángel Iván González García, asistido por el abogado Gerardo Antonio Vivas Chacón, contra la decisión de fecha 18 de octubre de 2010 dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en el expediente N° 1179 de la nomenclatura de ese tribunal. En consecuencia, se levanta la medida cautelar consistente en la suspensión del remate del bien inmueble objeto del juicio de partición, tramitado en dicho expediente, la cual fue decretada por este Tribunal mediante auto de fecha 03 de mayo de.....