CONFIRMA en todas sus partes la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Juicio Unipersonal, en fecha 25FEB2003, en la que CONDENO al acusado ROMERO DE AVILA BUENO JUAN JOSE, identificado plenamente al inicio del presente fallo, a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y penado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, así como a las penas accesorias establecidas en la ley.