REVOCA la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Juicio Circunscripcional en fecha 14JUL2004, en la que declaró SIN LUGAR la solicitud de la Abogada Magaly Dávila, Defensora Pública Penal del acusado JOSE GREGORIO NAVARRO PADRON y, en su lugar declara DESISTIDA la querella interpuesta por los Abogados CARLOS ALFONZO ESCALA, ALEJANDRO GARCIA y JUAN GABRIEL REIS, apoderados judiciales del ciudadano JORGE LUIS BARROS, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 297 ordinal 5° del Código Orgánico Procesal Penal, sin que ello signifique la cesación de los demás derechos de la víctima en los delitos de acción pública, que le otorga el artículo 120 ejusdem.