Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio planteada de conformidad con el Articulo 185-A del Código Civil, y por consiguiente DISUELTO el vinculo matrimonial que unía a los ciudadanos IVAN JOSE LOPEZ RAMIREZ y TANIA MARGARITA ALVAREZ OROPEZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad números V- V-6.481.854 y V-6.494.975, respectivamente, contraído por ante el EXTINTO Juzgado III de Parroquia del Departamento Vargas, en fecha 28/09/1987, del Libro de Registro Civil de Matrimonio llevados por ese Despacho. Ahora bien, por cuanto los libros de Registro Civil de Matrimonio del prenombrado extinto Juzgado, reposan por ante este Tribunal, una vez se encuentre definitivamente firme el presente fallo y previa solicitud de la respectiva ejecución por la parte interesada, se procederá conforme a la Ley. Asimismo, ofíciese al Registro competente, remitiendo.....