Con base en los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Acuerda el cambio de pernocta a la Unidad Técnica de apoyo penitenciario Nro. 04 del estado Trujillo. Casa Sindical. Urbanización Bella Vista, Valera, estado Trujillo a la ciudadana penada VINCENZA INNOCENTE, quien dijo ser de nacionalidad Italiana, natural de pozzuoli, y portadora del pasaporte Nro. FO79156, con la advertencia de que el incumplimiento de alguna de ellas, dará lugar a la revocatoria de la presente autorización