"...En fecha 05 de Mayo de 2010, la ciudadana CHINCHILLA GALVIS ROSA EMMA, compareció espontáneamente por ante este despacho y expuso: "...Informo al ciudadano Juez que acepto en todas y cada una de sus partes el ofrecimiento hecho por el ciudadano OSCAR JULIO JIMENEZ ABRIL, en fecha veintitrés (23) de Marzo de 2010...". (Folio 16).
En consecuencia, visto el CONVENIMIENTO, celebrado entre las partes, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Expídase copia certificada de la presente SENTENCIA INTERLOCUTORIA para el archivo de este Tribunal..."