EL JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró: PRIMERO: CON LUGAR la apelación contenida en la diligencia de fecha 20 de junio de 2016, instaurada por el ciudadano Oscar Eduardo Escalante Guerrero, con cédula de identidad N° V-8.095.885, asistido por la abogada Sonia Contreras Contreras, Inpreabogado N° 53.165, contra la sentencia definitiva proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira de fecha treinta y uno (31) de marzo de 2016. SEGUNDO: CON LUGAR la defensa de fondo de CADUCIDAD establecida en el artículo 783 del Código Civil, por haber operado la misma en el presente caso, defensa opuesta por la parte querellada en el escrito de contestación de demanda de fecha 05 de octubre de 2011. TERCERO: INADMISIBLE el INTERDICTO DE AMP.....