este Tribunal declare UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a las ciudadanas MAYERLIN ROSMARY UGAS CORDERO, NELSY RAIMAR FERMIN CORDERO, ROSINEL NAZARTEH FERMIN CORDERO Y JOSMAR RAILENYS UGAS CORDERO, venezolanas, mayores de edad, de este domicilio y titular de las cedulas de identidad Nros. V-19.671.316, V-26.409.423, V-29.777.536 Y V-19.671.317; respectivamente; respecto a la De-cujus MARLENE COROMOTO CORDERO PULIDO, ex titular de la cedula de identidad Nro. V-6.249.382, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del código de procedimiento civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevados por este Tribunal. Asimismo se acuerda la expedición de las copias certificadas solicitadas.-