este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA, de conformidad con lo establecido en el artículo 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela:
1.- CON LUGAR la solicitud hecha por demandante ciudadano HERMENEGILDO BADILLO GUTIÉRREZ en el capitulo V del libelo de demanda.
2.- De conformidad con lo establecido en los artículos 585 y 588, ordinal 3° del Código de Procedimiento Civil, se decreta Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre el bien inmueble consistente en una casa para habitación, ubicada en la calle El Águila con avenida Francisco Cárdenas de la Urbanización Pirineos, Parcela N° 24-R, distinguida con el N° 1, Jurisdicción de la Parroquia Pedro María Morantes, del Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, la cual se encuentra alinderada de la siguiente manera: NORTE: Zona ve.....