Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio planteada de conformidad con el criterio jurisprudencial contenido en la Sentencia número 693-2015 en concordancia con la sentencia 446-2014 emanadas de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, por consiguiente declara DISUELTO el vinculo matrimonial que unía a los ciudadanos WILBER JAVIER SOLIS OROPEZA Y JONAIRID MACHADO AÑANGUREN, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad N° V-18.325.163 y V-20.417.937 respectivamente, contraído por ante la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas del Estado La Guaira, asentada bajo el N°160, Folio 160, del libro de Registro Civil de Matrimonio llevado por ese Despacho. Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines legales consiguientes.