En virtud de lo procedentemente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCION DE LA PENA impuesta mediante sentencia firme al ciudadano ADKLER JOSE RODRIGUEZ ALVAREZ, de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, nacido en fecha 24 de Octubre de 1073, de 31 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Escolta, domiciliado en Sector el Silencio, Avenida 49, Calle 162, casa 162-16, Maracaibo Estado Zulia, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.287.476, conforme a lo previsto en los artículos 479, encabezamiento, en concordancia con el artículo 482, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.