Se Homologo el convenimiento, Queda fijada la Obligación de Manutención, en la cantidad de Trescientos Bolívares (BS. 300,00) semanales, para un total de Mil Doscientos Bolívares mensuales, representados en alimentos, frutas, pañales a favor de sus hijas, que entregara semanalmente el día domingo. TERCERO: Se acuerdan (2) bonos, cada uno por un monto igual al de la mensualidad, (1) para el mes de septiembre y el otro para el mes de diciembre, para cubrir los gastos escolares y decembrinos de las niñas. CUARTO:: En cuanto a los demás gastos tales como: ropa, zapatos, gastos médicos, medicinas entre otros serán cubiertos en un 50% por cada progenitor previa presentación de las facturas que prueben la veracidad de los gastos.