Se DECLARA INCOMPETENTE y en consecuencia DECLINA el conocimiento de la solicitud interpuesta por el Abg. Juan Eliécer Ruiz Blanco, en su condición de Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, el 7/5/03, en el Tribunal Unipersonal Segundo en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, ello de conformidad con lo previsto en el artículo 77 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo previsto en el artículo 7 eiusdem, y artículo 82 de la Ley Orgánica del Ministerio Público.