este Juzgado de Primera instancia en Función de Control Número Uno de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: IMPONE MEDIDA CAUTELAR al investigado adolescente para el momento del hecho (IDENTIDAD OMITIDA POR EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA); la establecida en los literales "c", "f" y "g" del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, quedando obligado el ciudadano antes mencionado, cumplir con las siguientes condiciones: 1.-Presentarse una vez cada ocho(08) días por ante este Tribunal a través de la oficina de alguacilazgo, y cada vez que le sea solicitado o requerido, y presentar constancia de residencia expedida por la respectiva autoridad civil 2.- No tener contacto físico ni verbal con la victima sin menoscabo al derecho de la defensa. 3.- Presentar un fiador que deposite en .....