a los ciudadanos LUIS EDUARDO SANDOVAL RIVERA y DEVIA DE SANDOVAL LIDIA DEL CARMEN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad No.V-3.622.731 y V-3.996.146, su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, en su carácter de padres del Causante JOSE LUIS SANDOVAL DEVIA, quien falleció el 07 de junio de 2005, en la Urbanización Santa Rosa, avenida Jesús Soto, Nº 130, Parroquia La Concordia del Estado Táchira, según consta de acta de Defunción arriba señalada. Conforme a lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan salvo en todo caso los derechos de terceros