De acuerdo a las consideraciones expuestas este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS, GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR EL DIVORCIO POR RUPTURA PROLONGADA, en consecuencia, queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, existente entre los ciudadanos: YARIMA JOHANA ROMERO ALVIAREZ y MIGUEL ANGEL ARTEAGA ALIENDRES, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros.V.-11.166.787 y V-20.426.858, respectivamente, la primera domiciliada en la calle principal de Gallardin, Casa N° 1-18, Sector Araguaney, Palo Gordo, Municipio Cárdenas, Estado Táchira y, el segundo domiciliado en Lomas de Urdaneta, Calle Isaías Medina Angarita N° 13, Municipio Libertador, Distrito Capital, con fundamento en el articulo 185-A del Código de Procedimiento Civil, contraído por ante la Primera Autor.....