En el caso de autos al estar fundada la demanda en una letra de cambio y tratándose la presente causa de un juicio tramitado por el Procedimiento de Intimación, esta sentenciadora de conformidad con el Artículo 646 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA: MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre unas mejoras y bienhechurias constantes de: una (1) casa para habitación distribuida así: una (1) sala, tres (3) habitaciones, una (1) cocina, un (1) baño, un porche, un (1) lavadero, piso de cemento, techo de acerolit con estructura de hierro, puertas y ventanas de hierro, paredes de bloque frisadas, instalaciones eléctricas extensas, instalaciones de agua, construidas sobre un lote de terreno propio, ubicado en La Aldea la Hojita vía principal Umuquena, Municipio San Judas Tadeo del Estado Táchira, cuyos linderos y medidas son los siguientes: FRENTE: Con Ramal carretero de la Hojita, mide veinticuatro metros (24 mts); FONDO: Con la borda que da con el Río Umuquena, mide diecio.....