del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, incoado por la Sociedad Mercantil CENTRO MÉDICO CAMURIBE, C.A contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Núm. 163-11 dictada el 03 de agosto de 2011, por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS. En consecuencia se declara NULA DE NULIDAD ABSOLUTA la providencia administrativa Nº 163/11 dictada en fecha 03 de agosto de 2011, por la Inspectoría del Trabajo del Estado Vargas, que resolvió imponer multa a la referida empresa.
No hay condenatoria en costas. Se ordena notificar a la Fiscal General de la República, al Inspector del Trabajo del estado Vargas y al Procurador General de la República, remitiéndole copia certificada de la presente decisión y transcurrido el lapso de ocho (8) días hábiles, previsto en el artículo 8.....