este Tribunal PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, la Falta de Cualidad Activa, interpuesta por los abogados ARMANDO VALDIVIESO NUÑEZ y JESÚS ENRIQUE RAMÍREZ, antes plenamente identificados, en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano ILLUMINATO LUCA RUSSO, italiano, mayor de edad y titular de la Cedula de Identidad N° E- 947.451.- SEGUNDO: SIN LUGAR, la demanda de cumplimiento de contrato incoada por el ciudadano FRANCESCO LUCA RUSSO, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-10.578.618, actuando en su carácter de Director General de la empresa INVERSIONES LUCA C.A, inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la denominada Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda, bajo TERCERO: .....