Por los fundamentos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones en Penal Ordinario, Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Vargas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 442 en relación con el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, emite el siguiente pronunciamiento: ADMITE el recurso interpuesto por el Abogado RICARDO MESSINA PACHECO, en su carácter de Defensor Público Décimo Penal Ordinario del estado Vargas del ciudadano ANYELO EDMUNDO ESCALONA BERNAL, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.983.212, en contra de la decisión dictada 01-08-2016, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual DECRETO La Privación Judicial Preventiva de Libertad al referido ciudadano, AGAVILLAMIENTO, ROBO AGRAVADO y previstos y sancionados en los artículos 286 y 45.....