declara lo siguiente:
PRIMERO: Competente este Tribunal para conocer, sustanciar y decidir el presente recurso de nulidad de acto administrativo de efectos particulares.
SEGUNDO: SE DECLARA CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la ciudadana BEATRIZ RUEDA DE OJEDA, venezolana, mayor de edad, domiciliada en la cuidad de San Cristóbal Estado Táchira, titular de la cédula de identidad N° V-15.231.292, asistida por el Abogado Defensor Público Frank Mishell Cuenca inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el N° 98.077, en contra del Acto Administrativo contenido en la Resolución ALC/RES 099/18 de fecha 22 de agosto de 2018, notificado en fecha 15/10/2018, expediente administrativo SA 64-15 Y RCA 03-18, a través del cuál se resuelve el contrato de arrendamiento N° 5274.
TERCERO: SE DECLARA LA NULIDAD ABSOLUTA de procedimiento marcado con el No.- RCA-03-18 y la resolución No.- ALC/RES 099/18 de fecha 22 de agosto de 2018, notificado.....