En virtud de todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, actuando en Sede Constitucional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO por abandono de trámite correspondiente a la Acción de Amparo, interpuesta por la ciudadana REINA PEREIRA PIÑANGO, titular de la cédula de Identidad No. V- 1.457.479, asistida por las abogadas VALENTINA RODRIGUEZ y SOLANGE MARIN, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos. 52.321 y 163.118, respectivamente, contra los ciudadanos ROSA PEREIRA DE CARABALLO, ANTONIO CARABALLO y ALFREDO PEREIRA PIÑANGO, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-10.593.309, V-13.672.414 y V-4.119.509, respectivamente. SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo no .....