DISPOSITIVA
Con base en los fundamentos antes expuestos, esta CORTE DE APELACIONES EN PENAL ORDINARIO Y RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LA GUAIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 442 en relación con el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, emite el siguiente pronunciamiento se declara INADMISIBLE de conformidad con lo establecido en el artículo 428 literal b del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por la profesional del derecho ABG. YONESKI MUDARRA, en su condición de Fiscala Provisorio Tercero delo Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, en razón de la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 01 de febrero de 2023, mediante la cual CONDENÓ al ciudadano JOSÉ JESÚS CRUZ, ti.....