declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación intentada por el abogado JESÚS R. CARRILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 46.735, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadano VÍCTOR JOSÉ LA CRUZ MARTÍNEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.389.521, en consecuencia, se REVOCA la sentencia de la recurrida, emanada del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, dictada en fecha 11 de noviembre de 2014, mediante la cual declaró Inadmisible la demanda interpuesta por el ciudadano VICTOR JOSE LA CRUZ MARTINEZ, contra la ciudadana ELSY INATHUR CHIQUE GONZALEZ, plenamente identificados en el encabezado del presente fallo. En consecuencia, se ordena al Tribunal antes mencionado proceda a la admisión de la demanda por los motivos expresados en el presente fallo.- Así se decide. SEGUNDO: Por la naturaleza del presente proced.....