DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra de la ciudadana MAYGLIT JOSÉ MEDINA VARGAS, quien dijo ser de nacionalidad Venezolana, natural de La Guaira, nacida en fecha 25/07/1986, de 28 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio técnica en informática, hija de Héctor Medina (v) y Dulce Vargas (v), titular de la cédula de identidad número V-17.711.409, por la comisión del delito de LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 300, numeral tercero en relación los artículos 46 y 49, numeral séptimo, todos del Código Orgánico Procesal Penal y luego de haber escuchado al Ministerio Público, al considerar satisfechas las exigen.....