DISPOSITIVA.-
En virtud de lo procedentemente expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCION DE LA PENA impuesta mediante sentencia firme al ciudadano JUAN CARLOS CASTILLO CONTRERAS, identificado con cédula de identidad Nº 212.815.991, de nacionalidad venezolana, natural de Táriba, estado Táchira, nacido en fecha 23-09-1976, de 39 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio chofer, hijo de Juan Castillo (f) y Luisa Contreras (v), residenciado en: La población de San Rafael, vía Cordero, vereda Nº 03, casa Nº F-08-60, estado Táchira, teléfono Nº 0276-394-9617, conforme a lo previsto en los artículos 479 y 482, del Código Orgánico Procesal Penal, de fecha 04-09-2009, en relación a lo establecido en el artículo 24 de la Constitución de la República Bolivarian.....