DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA. de conformidad con lo establecido en el articulo 318 ordinal 4º y articulo 48 ordinal 8º ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del ciudadano VEGAS GONZALEZ JOSE. Se declara SIN LUGAR, la solicitud Fiscal en cuanto a fijar una audiencia oral y pública a los fines de debatir lo solicitado en virtud que se evidencia que la víctima no se realizo examen medico legal, el cual es requisito indispensable para determinar el delito calificado. Se ordena Oficiar a la División de Captura del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Seccional Caracas, a los fines de que se sirva excluir de sus Registros y Archivos al ciudadano antes mencionado. En consecuencia se acuerda el cese de las medidas impuestas en la audiencia para oír el imputado de fecha 03-03-2008, Se ordena la remisión de las presentes actuaciones a la oficina de Archivo Judicial de este Circuito Judicial Penal, a los fines del archivo y resguardo de las.....