Por los razonamientos anteriores, este TRIBUNAL SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LA GUAIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ordena: ÚNICO: SUSPENDER LA MEDIDA DE SECUESTRO, decretada en fecha veintiséis (26) días del mes de abril de dos mil veintitrés (2023), sobre el siguiente bien inmueble: Constituido por local de uso comercial, con un área aproximada de ciento diez metros cuadrados (110 mts2) y consta de una oficina, deposito, un baño. Distinguido con la letra A, ubicado en la planta baja del edificio KATIBER, situado en la avenida Miami, Urbanización Palmar Oeste, Jurisdicción de la Parroquia Caraballeda del estado La Guaira.