Por las consideraciones que anteceden, y estando llenos los extremos de Ley, Como consecuencia de lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, y Agrario del Circuito Civil de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la ACCIÓN REIVINDICATORIA intentada por el ciudadano JUAN ISIDORO GOMEZ CALDERON, titular de la cédula de identidad N° V-3.727.163, contra la ciudadana IRIS JOSEFINA MATA HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 6.893.089. En consecuencia, se ordena a la ciudadana IRIS JOSEFINA MATA HERNANDEZ, a hacer entrega del inmueble constituido por Un Apartamento, destinado a la vivienda, distinguido por el numero y letra N° A-4-08, ubicado en el piso Cuatro (4), del edificio A, el cual forma parte de la etapa IV, del "CONJUNTO RESIDENCIAL FRENTE AL MAR", el cual se encuentra ubicado en e.....