Se declare TÍTULO SUPLETORIO a favor del ciudadano IVAN JOSÉ GONZALEZ AMUNDARAIN, venezolanos, mayor de edad y titulares de las cédula de identidad Nros. V-6.482.881, sobre las bienhechurías edificadas, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.