Visto el escrito que encabeza esta actuación y analizadas como han sido las actuaciones que encabezan el presente expediente y por cuanto de las declaraciones de los testigos presentados por ante éste Tribunal por la solicitante, ampliamente identificada en autos, se desprende que la ciudadana MILAGROS JOSEFINA TRIANA (viuda) DE LOSITO, titular de la cedula de identidad N° V-4.116.640 y sus hijos, los ciudadanos GILDA DEL CARMEN, VITO NICOLA, ANDRES y la niña GIVIANNY DANIELA LOSITO TRANA, de treinta y un (31), de veintiocho, (28), de veintiséis (26) y de once (11) años de edad respectivamente, son UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS, del de cujus NICOLA LOSITO SILVESTRI, ex-titular de la cédula de identidad Nº V-6.494.027, quien falleció en el día doce (12) de julio de 2.004 en la Clínica Ávila, Chacao, según consta en Acta de Defunción N° 407, folio 03 del año 2.004 emanada del Registro Civil del Municipio Autónomo Chacao del Estado Miranda, cursante al folio ocho (08) del presente.....