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Decisiones del dia 15/04/2003

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Primero de Control
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 1C-2983-03 N° Sentencia : 1C-2983-03 Fecha: 15/04/2003
Procedimiento:
Auto Apertura A Juicio
Partes:
LUIS ORLANDO SARMIENTO
Resumen:
Este Tribunal acoge en su totalidad, asimismo se admiten las pruebas ofrecidas por el Representante del Ministerio Público para el juicio oral y público por ser legales, pertinentes y necesarias, con excepción del acta de lectura de derechos, ya que la misma no es útil o necesaria en el debate oral y público, y así mismo se hace la salvedad que las pruebas documentales solo valdrán en el juicio oral y público siempre y cuando sean ratificadas por quienes la suscriben. En consecuencia se ordena la apertura del Juicio oral y público en la presente causa, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal. Se emplaza a las partes para que en un plazo de Cinco (5) días concurran ante el Juez de Juicio correspondiente, se ordena la remisión de las presentes actuaciones, al Tribunal de Juicio Mixto de conformidad con lo establecido en el artículo 65 del Código Adjetivo.
Juez/Ponente:
Celestina Mendez
Organo:
Juzgado Primero de Control
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N° Expediente : 1C-585-03 N° Sentencia : 1C-585-03 Fecha: 15/04/2003
Procedimiento:
Auto Apertura A Juicio
Partes:
VICTORIA MARGARITA GONZALEZ Y ZULEIMA TERESA MORENO DE CARREÑO
Resumen:
Este Tribunal acoge en su totalidad, asimismo se admiten las pruebas ofrecidas por el Representante del Ministerio Público para el juicio oral y público por ser legales, pertinentes y necesarias, haciéndose hincapié de que la experticia la cual será válida en juicio es la realizada en fecha 22-7-02 signada con el N° CO-LC-1443 practicada por los expertos EDLLUZ YEPEZ BENITEZ Y GRACIELA RODRIGUEZ LONGART, cuyas testimoniales solo serán evacuadas en juicio si el juez de dicha etapa procesal considera indispensable sus deposiciones toda vez que la experticia aludida fue realizada como prueba anticipada tal como se refleja en las actas procesales. En consecuencia se ordena la apertura del Juicio oral y público en la presente causa, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal. Se emplaza a las partes para que en un plazo de Cinco (5) días concurran ante el Juez de Juicio correspondiente, se ordena la remisión de las presentes actuaciones, .....
Juez/Ponente:
Celestina Mendez
Organo:
Juzgado Primero de Control
arriba

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